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Servicio Social

La Universidad Tecnológica Paso del Norte, pone a disposición del alumnado el Programa de Servicio Social, que contempla tres modalidades para acreditar esta actividad obligatoria y temporal, cuyos fines están contemplados en el Artículo 9o de la Ley de Profesiones para el Estado de Chihuahua, los cuales se mencionan a continuación:

ARTÍCULO 88. Se entiende por servicio social la actividad de carácter temporal, gratuita o mediante retribución, que presten los estudiantes o profesionistas en interés de la sociedad, del Estado y de los municipios. Cuando el servicio social obligatorio ocupe al 100% las actividades del estudiante o del profesionista que voluntariamente lo preste, las instituciones de educación superior o el Estado, cada cual en su caso, deberán remunerar al estudiante o profesionista en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades.

ARTÍCULO 90. El servicio social es parte del proceso permanente de integración colectiva, es instrumento de una acción sistemática de formación humana, es factor de armonía y solidaridad.

Ley General de Educación Superior Federal

Artículo 15.

A efecto de obtener el título profesional correspondiente al nivel de licenciatura e Ingeniería, será obligatoria la prestación del servicio social, para lo cual las instituciones de educación superior deberán sujetarse a las disposiciones constitucionales y legales en la materia.

La Secretaría promoverá con las instituciones de educación superior que, como una opción del servicio social, se realice el reforzamiento del conocimiento, a través de tutorías a educandos en el tipo educativo básico y de media superior en las áreas de matemáticas, lenguaje, comunicación y se proporcione acompañamiento en servicios de psicología, trabajo social, orientación educativa, entre otras, para contribuir a su máximo aprendizaje, desarrollo integral y equidad en educación.

Las autoridades educativas, en coordinación con las instituciones de educación superior, promoverán que el servicio social sea reconocido como parte de su experiencia para el desempeño de sus labores profesionales.

La duración del proyecto de servicio social, son las horas establecidas por la coordinación de servicio social de la Universidad Tecnológica Paso del Norte, las cuales de realizarán de la siguiente forma:

240 horas en Técnico Superior Universitario (TSU) y 240 horas en nivel Ingeniería o Licenciatura, ambos turnos; estas horas deben de acreditarse antes de que el alumno(a) inicie sus estadías.

Estas horas deberán realizarse en un período no menor de seis meses, ni mayor a un año, el cual se inicia de preferencia en el segundo cuatrimestre de nivel TSU y séptimo de Ingeniería o Licenciatura. Al concluir el servicio y la Estadía Profesional, las y los estudiantes estarán en condiciones de realizar oportunamente el trámite para la expedición del título y cédula profesional.

Para que el alumno (a) pueda consultar el status de sus horas realizadas en el Sistema de Gestión de Información (SIG), es importante que acuda a reportar constantemente sus horas en la Coordinación de Servicio Social. (Ingresar al SIG-Menú Principal-Titulación-Servicio Social)

El Programa de la UTPN te ofrece las siguientes modalidades para que puedas acreditar el Servicio Social, si estás inscrito en segundo cuatrimestre de TSU y séptimo de Ingeniería o Licenciatura, es momento de analizar y decidir cuál es la mejor opción de acuerdo con tus expectativas de desarrollo. Acércate a la Coordinación de Servicio Social y solicita la información que requieres:

 

1. Interno

La UTPN te ofrece diversos programas para realizar el servicio social en determinadas áreas culturales, deportivas, académicas y administrativas, por tanto, esta modalidad evita el traslado a otro lugar fuera de la Institución.

Si esta opción se ajusta a tus necesidades, haz clic aquí para conocer más información e iniciar el trámite correspondiente, o acude a la Coordinación de Servicio Social.

 

2. Externo

El servicio social únicamente se podrá realizar en instituciones públicas de control federal, estatal, municipal; no está autorizado realizar el servicio social en Sindicatos, Asociaciones Religiosas, Partidos Políticos y/o familiares.

Si elegiste esta opción, haz clic aquí para conocer a detalle los trámites que debes realizar en el Área de Servicio Social.

 

3. Convalidación por artículo 5o. Constitucional

El alumnado que curse el quinto cuatrimestre de nivel TSU y onceavo cuatrimestre de nivel ingeniería o Licenciatura y compruebe una permanencia mínima de un año de labores en el sector público, podrá solicitar la convalidación del servicio social por artículo 5º constitucional, para ello es indispensable que al efectuar el trámite se encuentre activo en la institución correspondiente. Es importante saber que la acreditación bajo esta modalidad será procedente cuando se cumplan todos los requisitos solicitados.

Si deseas conocer más acerca de esta modalidad, haz clic aquí o acude directamente a la Coordinación de Servicio Social.